lunes, 2 de mayo de 2011

Sobre los EREs de las empresas con beneficios


Hoy el periódico “La Región” publica un reportaje realizado por el periodista Héctor Díaz que titula “El fin de las prejubilaciones doradas” en el que analiza la problemática de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) en las empresas con beneficios. Recoge en este trabajo la opinión de tres diputados, Xavier Carro, Olaia Fernández y yo mismo.

Estos fueron mis posicionamientos sobre el tema expuestos de un modo más amplio.

1.- ¿Cree que empresas con beneficios pueden anunciar un ERE para una parte importante de su plantilla?

El problema no es que una empresa con beneficios anuncie que va a realizar un expediente de regulación de empleo que va a afectar a un elevado número de trabajadores, sino que existe una legislación que lo permite, y no sólo una legislación sino que hay una cultura empresarial implantada en España que considera que para hacer competitiva o mantener la competitividad de su empresa es necesario desprenderse de aquellos trabajadores de más edad. El empresario debe tener en cuenta la aptitud del trabajador más que su edad y sus necesidades, y considerar que las decisiones basadas en la edad son injustas, por ello debe invertir en ofrecer oportunidades de formación y desarrollo. Hay también un factor sociológico que influye cuando una empresa con beneficios anuncia un expediente de regulación de empleo, el mensaje que se le transmite al trabajador de dichos expedientes que se inician para adaptar la empresa a las nuevas tecnologías, es la de que es una persona inútil para el trabajo, porque ha alcanzado una edad los cincuenta años. No obstante, dicha edad, es en la que está precisamente en la cima de la experiencia laboral. No hay que olvidar que una de las razones, que impulsa en muchas ocasiones a un trabajador a aceptar la decisión de prejubilarse son los incentivos ofrecidos y la dificultad de acceso laboral a partir de determinada edad, de ahí que voluntariamente accedan a su firma.


2.- ¿Cree que algunas empresas intentan que sea la Seguridad Social quien corra con buena parte de los gastos derivados de la extinción de los contratos de sus trabajadores?

En un expediente de regulación de empleo el empresario está obligado a abonar al trabajador una indemnización por los daños derivados de la extinción anticipada del contrato. En el caso de las empresas que obtienen beneficios la fórmula que se suele contemplar es la de pactar con los prejubilados un complemento a las prestaciones de paro hasta alcanzar el 90% de lo que le retribuía la empresa. El trabajador, por su parte percibe de la Seguridad Social las prestaciones por desempleo hasta la llegada de la jubilación. Todo ello pone en evidencia el alto coste que supone para el sistema público, el perder a trabajadores en edad activa, que pasan a engrosar el Sistema de la Seguridad Social. La reducción de la vida laboral como consecuencia del abuso de expedientes puede ocasionar un agravamiento del Sistema de la Seguridad Social al producirse la pérdida de trabajadores que dejan de cotizar.

3.- ¿Considera que se debería controlar de forma más estricta los EREs?

Los expedientes de regulación de empleo tienen un fuerte control por parte de la Administración laboral, pero por lo visto recientemente, deben hacerse más rigurosos esos controles. No se puede de forma alguna tolerar es que se discrimine y se expulse del mercado laboral a los trabajadores por razón de la edad. Es por ello, que se hace necesario concienciar a las empresas y a la sociedad en general del peligro social que puede entrañar retirar del mercado laboral a personas todavía jóvenes y en la cima de la experiencia laboral, por el sólo hecho de la edad, lo que podría suponer la contravención del principio constitucional de no discriminación por razón de edad y del propio derecho al trabajo del Art. 35 también recogido en el texto constitucional.

4.- ¿Considera necesario modificar la legislación actual para evitar casos como el anunciado recientemente por Telefónica?

La legislación vigente, puede y debe mejorarse.

Cuando se renueva el Pacto de Toledo de 2003 en una de sus Recomendaciones la decimoprimera referida a la edad de jubilación indicaba que "La Comisión considera que solo en supuestos específicos y justificados deberían poder utilizarse recursos públicos de la Seguridad Social para ajustes de plantilla que supongan jubilaciones anticipadas". Han transcurrido más de diez años desde que se aprobaron las Recomendaciones del Pacto de Toledo de 2003, y durante este tiempo el Gobierno no ha realizado ninguna modificación legislativa para evitar las prejubilaciones. La actitud del gobierno en este tema se puede calificar de hipócrita e incoherente ya que en la actualidad amenaza con introducir una enmienda en cualquier proyecto de ley en trámite en el Congreso para modificar la legislación una vez que Telefónica ha anunciado realizar un expediente de regulación de empleo. Sin embargo durante todos estos años el Gobierno no ha impulsado ninguna modificación en la legislación actual pese a que el Pacto de Toledo de 2003 le recomendaba hacer, y tan olvidado ha tenido el tema que no se ha reincorporado a las Recomendaciones del Pacto de Toledo de 2010.
http://www.laregion.es/noticia/152499/prejubilaciones/doradas/