jueves, 13 de octubre de 2022

La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital aprueba el Proyecto de Ley de regulación para el fomento del ecosistema de las empresas emergentes y lo envía al Pleno


Esta tarde presidí una sesión de la Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en la que fue aprobado el dictamen del Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, por 32 votos a favor ninguno en contra y cinco abstenciones. El texto y las enmiendas al articulado que se mantengan vivas son ahora elevadas al Pleno del Congreso de los Diputados donde continuará su tramitación parlamentaria. 

Finalizada la Comisión agradecí el intenso trabajo de los ponentes y la disposición mostrada por los Grupos para llegar a consensos, como evidenció la aprobación de una ley sin votos en contra, algo inusual en estos tiempos.

El texto aprobado por la comisión integra el informe de la ponencia y cuatro enmiendas transaccionales. Las enmiendas presentadas por los grupos y que se han debatido hoy en comisión han sido rechazadas.

El proyecto de ley se articula en veintiséis artículos estructurados bajo un título preliminar y otros seis Títulos, más ocho disposiciones adicionales, una transitoria, y doce disposiciones finales. Esta iniciativa tiene como finalidad, se expone en su primer artículo, "establecer un marco normativo específico para apoyar la creación y crecimiento de las empresas emergentes" y, también, "un sistema de seguimiento y evaluación de sus resultados". 

Entre los objetivos generales se incluyen la creación, crecimiento y relocalización de empresas emergentes, y "en especial de las microempresas, pequeñas y medianas empresas y emprendedores", así como "las condiciones que favorezcan su capacidad de internacionalización", tal y como han quedado redactados después de su paso por ponencia.

El Título I se dedica a los "incentivos fiscales, atracción de inversión extranjera y fidelización del talento" donde se definen los criterios generales sobre la tributación de las empresas emergentes y los requisitos de identificación de inversores extranjeros, entre otros. Por su parte, el Título II, se refiere a las formalidades aplicables a las empresas emergentes como sociedades limitadas.

Por último, en los títulos III, IV, V y Título VI, se definen la compra pública innovadora por parte de los ministerios, los "entornos regulados de pruebas", para las empresas calificadas como emergentes, que operan en sectores regulados; y la "colaboración público-privada entre universidades y empresa emergentes" y el "fomento de las empresas emergentes",  donde se definen la acción estatal de apoyo y sus ayudas; y el "seguimiento participativo de las políticas públicas estatales sobre empresas emergentes" y que, para dicho seguimiento, se creará el Foro Nacional de Empresas Emergentes.

Asimismo, a través de las disposiciones finales se incluyen modificaciones de las leyes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Informe de la ponencia

Durante su trámite en ponencia, el texto original del Gobierno fue modificado con la inclusión de enmiendas de los grupos parlamentarios Socialista, Popular, Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común, Plural, Republicano y Ciudadanos, así como un total de 27 enmiendas transaccionales.

Entre los cambios introducidos por la ponencia se encuentran "el fomento de polos de atracción de empresas emergentes en entornos rurales" como un objetivo general de la ley, así como el proceso de evaluación dentro del proceso de certificación del emprendimiento y de la escalabilidad del modelo de negocio, definido en el artículo 4 del proyecto de ley.

Asimismo, se ha aprobado una disposición adicional novena nueva, por la que se crea la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial que será encargada de "la concienciación, divulgación y promoción de la formación, y del desarrollo y uso responsable, sostenible y confiable de la inteligencia artificial" y que definirá los mecanismos de asesoramiento y atención a la sociedad y a otros actores relacionados con el desarrollo y uso de la inteligencia artificial. También se ha ampliado la modificación de la Ley de Auditoría de Cuentas.

Tramitación parlamentaria

Una vez celebrado este debate en comisión, el Pleno verá el dictamen y las enmiendas al articulado no incorporadas en fase de ponencia y comisión y que los grupos parlamentarios decidan mantener vivas para someterlas de nuevo a debate y votación en sesión plenaria. 

En caso de ser aprobado, el proyecto de ley se remitirá al Senado, donde seguirá el procedimiento de tramitación parlamentaria. La Cámara Alta podrá aprobar el texto en sus términos, presentar enmiendas o proponer un veto. En el caso de los dos últimos supuestos, la iniciativa regresará al Congreso de los Diputados para un último debate en pleno.