martes, 25 de enero de 2022

Sobre la inconstitucionalidad de la Ley de vivienda que propone el Gobierno central

El pasado 26 de octubre la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, presentó al Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda, afirmando que “pretende configurar la vivienda como el quinto pilar del Estado del Bienestar" y como una "potente herramienta para luchar contra la desigualdad, marginalidad y la exclusión".

Inmediatamente surgieron voces que cuestionaban la competencia del ejecutivo central para regular determinadas materias contenidas en ese texto.


El Pleno del Consejo General del Poder Judicial celebrado el 14 de enero rechazó el informe al Anteproyecto de Ley por el Derecho a la Vivienda y nombró  a los vocales José Antonio Ballestero y Enrique Lucas ponentes de un nuevo texto que se debatirá en el Pleno ordinario previsto para el próximo día 27 de enero. 


La propuesta de dictamen, de la que había sido ponente el vocal Álvaro Cuesta, fue rechazada por 15 votos a 6. De este modo, el Pleno estimó las alegaciones, convertidas en enmienda a la totalidad, formuladas por el vocal Enrique Lucas. 


Lucas señala en sus alegaciones las dudas sobre la competencia del Estado para legislar sobre una materia –el derecho a la vivienda- que la Constitución atribuye a las Comunidades Autónomas en su artículo 148.1.3º.  


El autor de la enmienda advierte de que la propuesta de informe rechazada parte de una idea errónea, cual es que el artículo 47 de la Constitución, que garantiza el derecho de todos los ciudadanos a una vivienda digna y adecuada, “tiene al Estado como destinatario, si no único sí principal, y que, por tal motivo, la garantía y efectividad de ese derecho solo puede proporcionarla una regulación estatal que ha de ser lo más exhaustiva y dirigista posible porque algo tan importante como la vivienda no puede dejarse en manos de las Comunidades Autónomas ni ser objeto de tratamientos diferenciados en función de la orientación política mayoritaria de cada una de ellas”. 


El texto aprobado por el Pleno añade que el punto de partida del informe deben ser el artículo 148.1.3º de la Constitución, “que no solo opera como fundamento de las competencias autonómicas, sino que, también, es un límite de las estatales”. 


La posición de la Comunidad Autónoma de Galicia


La Xunta lleva meses avisando de la inconstitucionalidad de la Ley de vivienda que propone el Gobierno central. El nuevo informe del Consejo General del Poder Judicial que concluye y advierte de que la futura norma invade las competencias autonómicas exclusivas en materia de vivienda, le da la razón a Galicia nos sus reparos al anteproyecto.

 

Así, tal y como advirtió ya la Xunta en sus alegatos a la ley, el Gobierno central pretende regular de manera unilateral, entre otros aspectos, la vivienda protegida, la gestión del parque público residencial de titularidad autonómica o los períodos de protección que afectarán a todo el parque público.

 

Hay que recordar que el Gobierno gallego también alegó contra otros aspectos de la norma estatal los referidos a la vivienda social en suelo residencial, que afectará a su construcción y venta, así como al establecimiento de zonas  tensionadas y a la limitación del alquiler mensual, medidas que  desincentivarán el mercado.

 

Galicia también rechaza que a través de la nueva Ley se admita la ocupación ilegal de los inmuebles como una forma de acceso preferente al parque público residencial.

 

Esperamos que el Gobierno central dé marcha atrás y revise el contenido de la Ley de vivienda estatal antes de aprobarla para garantizar que respete las competencias atribuidas a las Comunidades y satisfaga las expectativas generadas.


Si aprueban la ley sin hacer caso de su informe, estará rompiendo una tradición ya que la opinión del órgano de poder de los jueces siempre fue pacíficamente aceptada por todos los gobiernos.