jueves, 22 de abril de 2021

La reforma de la ley electoral para regular el voto de españoles que viven en el extranjero continúa su tramitación tras el rechazo por el Pleno de una enmienda de texto alternativo

Asisto esta mañana en el Pleno del Congreso el debate de una enmienda a la totalidad del Grupo Parlamentario Republicano a la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero.

Una iniciativa de los Grupos Parlamentarios Socialista y Confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común que fue tomada en consideración el pasado 25 de febrero.

Aquél día los diputados del GPP votamos a favor, y en el Pleno defendió nuestra posición el diputado José Antonio Bermúdez de Castro, que en su intervención dijo que “estamos a favor de suprimir el voto rogado, pero, eso sí, sin reducir las garantías en el procedimiento. Queremos que se generalice el voto en urna y, para ello, queremos que se incrementen de manera significativa los centros de votación; que no solo se vote en las embajadas, sino que se pueda también votar en los consulados, en los viceconsulados, en los institutos Cervantes, en las casas regionales, etcétera”.

Añadió que “En lo que no podemos estar de acuerdo es en eliminar las garantías de identificación del elector en el caso del voto por correo. Para facilitar la participación de nuestros compatriotas en el exterior, estamos dispuestos a eliminar el requisito previo de solicitar el voto, el ruego del voto, pero pensamos que debe haber, al menos, no dos pero sí un trámite de identificación de la identidad del elector, por razones de seguridad jurídica. Eso no es ni un obstáculo ni una indignidad, eso es una garantía, porque, como recuerda la propia Junta Electoral Central, la identificación del elector es el requisito sustantivo previo al ejercicio del derecho a sufragio, precisamente para evitar sospechas de fraude o delegación de voto.”

Apuntó que “en definitiva, suprimir el voto rogado, sí, pero generalizando el voto en urna, que es un voto siempre transparente, y garantizando, al menos, un trámite de identificación del elector en el caso del voto por correo; adelantar el envío de la documentación electoral, sí, pero incluyendo también papeletas físicas, además de la posibilidad de descarga telemática de las mismas; facilitar la participación de nuestros compatriotas en el exterior, sí, pero sin merma de garantías, para lo que entendemos imprescindible que haya un informe previo de la Junta Electoral Central. Ese es nuestro compromiso firme con los españoles que viven lejos, pero que sienten a su patria muy cerca y quieren seguir participando en el destino de esta gran nación, que es España; un compromiso —y con ello termino— que, por nuestra parte, también se expresa en nuestra voluntad firme de trabajar para mejorar esta iniciativa, que vamos a apoyar en este trámite, a pesar de nuestras dudas y reservas, como un paso para intentar conseguir el consenso que tiene que presidir toda reforma de nuestro sistema"

La enmienda a la totalidad del Grupo Parlamentario Republicano fue rechazada. Obtuvo  25 votos a favor, 315 votos en contra y 3 abstenciones.

Significa eso que la Proposición de Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero, continuará su tramitación en su redacción original.

Una iniciativa que, suprime el requisito de que los españoles residentes en el extranjero tengan que solicitar o rogar el voto, con el objetivo de "permitir que todos reciban la documentación en su domicilio". La reforma amplía de tres a siete días los plazos para el depósito del voto en urna y mantiene la posibilidad de enviar el voto por correo postal a la Oficina Consular correspondiente en caso de que el elector no pueda acudir a votar en la dependencia habilitada al efecto.