Reseñó aquí la intervención de este excelente alto cargo de nuestra Comunidad Autónoma que por su brillante y dilatada trayectoria, sabe mucho de cooperación internacional.
Comenzó poniendo en valor “la importancia de la cooperación descentralizada o subestatal, una fortaleza, tanto a nivel cuantitativo como, y sobre todo, a nivel cualitativo:
Cuantitativamente, la cooperación descentralizada, realizada por CCAA y entes locales, representó en 2019 (último año para el que hay datos consolidados) el 33% de la Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) bilateral, lo que en términos absolutos supone 357 millones de euros. Como dato a efectos comparativos, les indico que la AOD de la AECID en ese mismo año fue de 241 millones.
Sin embargo, lo que realmente es destacable de la cooperación descentralizada es su importancia a nivel cualitativo. No debería pasarse por alto, sino destacarse explícitamente en la reforma del sistema, el valor añadido que ofrece al conjunto de la cooperación española en aspectos de tipo más cualitativo.”
Destacó luego algunos aspectos:
1.- En primer lugar, el carácter plural y diverso
2.- En segundo lugar, la experiencia y las capacidades acumuladas a lo largo de los años por los actores descentralizados en la gestión de políticas públicas en los niveles local y regional, en ámbitos competenciales propios como la salud, la educación, el empleo y el desarrollo productivo, o la gestión del territorio y el medio ambiente.
3.- En tercer lugar, el avance que han experimentado algunas CCAA en el desarrollo de ventajas comparativas y de señas de identidad propias de su política de cooperación para el desarrollo. Así, por ejemplo, la Cooperación Gallega buscó su especialización en aquellos sectores en los que Galicia tiene ventajas comparativas respecto a otras CCAA y, por tanto, puede aportar valor añadido a la cooperación, estableciendo como sectores de especialización la pesca y la acuicultura; y la gestión integral de los recursos hídricos, abastecimiento de agua y saneamiento.
4.- En cuarto lugar, no puedo dejar de mencionar el principio de subsidiaridad en lo que respecta a la mayor proximidad y cercanía que tienen los poderes regionales y locales con la ciudadanía, lo que es muy importante para una mayor sensibilización a través de la Educación para el Desarrollo y la Ciudanía global, ámbito de especialización de la cooperación descentralizada, de manera que la AOD bilateral bruta de las CCAA en esta materia representa más del 50%, frente al 20% de la Administración General del Estado.
A continuación Gamallo se refirió a la recientemente aprobada Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.
Y dijo que: “En Galicia hemos abordado la reforma y adaptación de la anterior Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo, incorporando un título específico en esta materia en la ley reguladora de toda nuestra acción exterior, en línea con la filosofía de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, que menciona de manera explícita a la cooperación para el desarrollo en su artículo 24 como uno de los ámbitos de la Acción Exterior del Estado.
Concebimos, por tanto, la cooperación para el desarrollo como un pilar básico de la acción exterior de nuestra Comunidad Autónoma, expresión solidaria de la ciudadanía gallega. El hecho de que, desde hace muchos años, en la Xunta de Galicia la competencia de cooperación para el desarrollo esté adscrita al departamento de Relaciones Exteriores me ha permitido a mí, en mi doble calidad de director general de Relaciones Exteriores y con la UE, y de miembro del Comité de las Regiones, incidir en la definición de la política de cooperación para el desarrollo de la UE a través, por ejemplo, de mi participación como ponente de varios Dictámenes del Comité de las Regiones sobre dicho tema.
Desde esta óptica, y de cara a la reforma del sistema español de cooperación internacional, nos parece apropiado que la cooperación para el desarrollo siga vinculada con la política exterior, teniendo en cuenta, además, que la política exterior debe ser una política pública que tienda a posiciones de consenso y que, en sus grandes objetivos, no esté sujeta a los vaivenes que pudieran propiciar los cambios de gobierno.
En la nueva ley gallega, como no podría ser de otra forma, se incorpora la Agenda 2030 y los ODS de una manera sustantiva (principios, objetivos, criterios y prioridades), aunque eludiendo referencias nominales para evitar que se produzca una obsolescencia prematura del texto legislativo.
No obstante, el IV Plan director de la Cooperación Gallega 2018-2021 ya fue elaborado y está siendo ejecutado en alineación con la Agenda 2030 y, además, fue recientemente revisado para adaptarlo a la Estrategia de respuesta a la COVID-19 de la Cooperación Gallega.
La ley refuerza la especialización geográfica y sectorial de la Cooperación Gallega, con una atención específica a América Latina, a los Países Africanos de Lengua Oficial Portuguesa (PALOP) y a la promoción de la colaboración transfronteriza con los agentes portugueses de cooperación.
También refuerza el carácter participativo de esta política pública en los niveles de planificación, evaluación, gestión del conocimiento y rendición de cuentas, e incorpora el marco normativo de referencia en transparencia, buen gobierno y participación ciudadana.
La ley también pone el acento en la complementariedad y coordinación entre las Administraciones públicas gallegas.
Por otro lado, nuestra nueva ley renueva los agentes y los sujetos de cooperación, reconociendo la gran diversidad de agentes existente, así como sus redes de coordinación, en base fundamentalmente a su experiencia y capacidades, fortalecidas a lo largo de los años, y a que expresan y canalizan la solidaridad y la justicia desde diferentes realidades y puntos de vista.
En el mismo sentido, se considera que la nueva ley estatal debería hacer un esfuerzo por reconocer también a esta diversidad de agentes y sus redes, en especial en el caso de los Fondos municipalistas, de acuerdo con sus especificidades. Sería positivo, además, establecer estrategias de trabajo conjunto con cada uno de los agentes que se centren en la especialidad y valor añadido que puedan aportar.
Por último, la ley gallega establece especificidades en relación a las normas generales del régimen financiero y presupuestario de la Xunta de Galicia, renovando el marco de financiación y control de las ayudas y subvenciones en el ámbito de la cooperación en el exterior, lo que aporta la necesaria flexibilidad en su gestión, pero con garantías de calidad, eficacia y eficiencia.
De cara a la tarea que tiene encomendada esta Subcomisión, me gustaría proponer la elaboración de una regulación de subvenciones específica para esta materia que homogenice la multiplicidad de procedimientos administrativos y trámites burocráticos a los que ahora se enfrentan los agentes de cooperación en su trato con las diferentes administraciones. Esta norma constituiría legislación básica y, por lo tanto, sería aplicable a todas las Administraciones Públicas, garantizándose así un régimen jurídico unitario en este orden subvencional especial.”
Finalizó Gamallo “haciendo hincapié en la defensa de la cooperación descentralizada o subestatal, por su singularidad y por el valor añadido que aporta al conjunto del sistema español de cooperación internacional para el desarrollo, aunque también debemos reconocer que no está exento de debilidades, como han señalado los sucesivos Exámenes de Pares del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD). En un contexto de crecimiento se ha generado un modelo disfuncional, atomizado y disperso, con problemas de articulación y coordinación de los diferentes actores, una duplicación de esfuerzos y un variado desarrollo institucional y normativo.
El proceso de actualización normativa y del sistema de cooperación internacional para el desarrollo en el que nos encontramos inmersos es, sin duda, una oportunidad para revertir dichas debilidades y transformarlas en fortalezas.“