sábado, 30 de abril de 2011

Sobre el proyecto de medidas de agilización procesal

Ayer cuando había terminado la manifestación por un AVE soterrado acudí al cercano Ateneo donde el Colegio de Abogados de Ourense había convocado un acto para analizar el contenido del Proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal, que en estos momentos se tramita en el Congreso de los Diputados.

Atendiendo la amable invitación de la representación de la abogacía, trasladé al auditorio la opinión del Grupo Parlamentario Popular.

Recordé que buena parte de las reformas que en el citado proyecto de ley se contemplan proceden de una propuesta realizada por el pleno del Consejo General del Poder Judicial el 28 de enero de 2010, así como de las sugerencias y recomendaciones de los Presidentes de todos los Tribunales Superiores de Justicia, y de los Decanos asistentes a las jornadas celebradas en Pamplona en el año  2009.

Y que respetando esa inspiración, lo cierto es que en esta proyecto hay algunos aspectos muy criticables, especialmente los que tienen que ver con las reformas en materia de acceso a los recursos, tanto en el orden contencioso-administrativo como en el civil.

El Gobierno, con sus propuestas pretende restringir el acceso a los recursos, de modo que muchos justiciables que ahora pueden recurrir ante un tribunal superior resoluciones judiciales que les perjudican quedarían privados de esa posibilidad.

Así – si prosperara la reforma - en el ámbito civil, las partes en juicios verbales seguidos por razón de la cuantía quedarían privadas de la posibilidad, que ahora tienen, de interponer recurso de apelación contra la sentencia y, por otra parte, los litigantes en procesos civiles de cuantías comprendidas entre 150.000 y 800.000, perderían la posibilidad, de la que actualmente disponen, de interponer recurso de casación si no están conformes con la sentencia de segunda instancia.

Y en el orden contencioso administrativo las partes que actualmente pueden apelar las sentencias dictadas por los Juzgados en asuntos de cuantías que excedan de 18.000 euros ya no podrían hacerlo, de aprobarse la reforma, si la cuantía del recurso no llegara a los 35.000 euros; y quienes ahora pueden utilizar el recurso de casación en asuntos cuya cuantía exceda de 150.000 euros no podrían hacerlo si la reforma prosperase, a no ser que en el recurso se ventilara un interés económico por encima de los 800.000 euros.

Mostré nuestro desacuerdo con estas propuestas que afectan de modo importante al derecho a la tutela judicial efectiva y por tanto que no benefician a los justiciables. Dije que el Gobierno ha buscado una solución expeditiva para eliminar la carga de trabajo de los tribunales y por ello pretende eliminar el derecho de los ciudadanos a recurrir.

Cité el dato de que cerca del 40 % de las sentencias que se recurren son revocadas, lo que acredita la necesidad del mantenimiento de los recursos.

Critiqué que estas drásticas medidas se adoptasen sin un estudio de su necesidad basado en datos objetivos que tuvieran en cuenta la actual carga de trabajo y las previsibles en el futuro.

También aludí a que las previsiones sobre costas en el proceso contencioso-administrativo y la inclusión entre las costas procesales de la tasa judicial introducen elementos discriminatorios que pueden retraer el acceso a la justicia a los justiciables con menos capacidad económica.

Concluí manifestando que nuestro Grupo Parlamentario formulará en los próximos días una importante batería de enmiendas al articulado para tratar de corregir los muchos defectos de este proyecto y mejorar su contenido.

Un interesante encuentro en el que se pudo escuchar la opinión de representantes de la judicatura, de la abogacía y del legislativo.