Cumplimentamos así lo previsto en el artículo 32 de la Ley de creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil. Una Autoridad que ejercerá las funciones que actualmente desarrollan las tres comisiones existentes (CIAF, CIAIM y CIAIAC) que están adscritas orgánicamente al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en régimen de independencia funcional.
La Comisión de Transportes del Congreso ha avalado el nombramiento de Gonzalo Julián Guillén Espejo-Saavedra como presidente de la nueva Autoridad Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes de transporte y de cinco de sus seis consejeros.
Pero a instancias del PP, VOX y el BNG fue vetado el nombramiento de Adolfo Moreno Díaz, que en la actualidad es vocal en la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF). El veto salió adelante con 19 votos a favor (PP, Vox, BNG y Bildu), cinco abstenciones (Sumar, Junts y ERC)
En nombre del
Grupo Parlamentario Popular formulé un conjunto de preguntas y recordatorios al
candidato a presidente, Gonzalo Julián Guillén Espejo-Saavedra, actual capitán marítimo de A Coruña.
Mencioné la obligación que tiene la Presidencia de la Autoridad de ejercer con independencia puesto que no podrá solicitar ni recibir instrucciones de nadie en lo referente a las investigaciones en curso.
Le pregunté sobre si se ocupará del seguimiento del estado de cumplimiento y comunicación de las recomendaciones de seguridad para que los destinatarios adopten las medidas necesarias para satisfacerlas.
Le interrogué sobre si atenderá las necesidades de las víctimas directamente relacionadas con la investigación de que se trate y sus familiares, manteniéndoles informados, de manera clara y asequible, sobre el alcance y el progreso de la investigación realizada
Y le e pedí en que se esmerase en cumplir con lo previsto en el Artículo 19 que se refiere a las relaciones con las Cortes Generales y en cumplir con lo previsto en el Artículo 20. Relaciones con el Poder Judicial y el Ministerio Fiscal.
Le pedí en que se esmerase en cumplir con lo previsto en el Artículo 21. Acceso al lugar del accidente o incidente y en el Artículo 22. Protección de pruebas y acceso a las mismas.
Y en nombre del GPP destaqué su idoneidad para el puesto al tratarse de una persona de reconocido prestigio y acreditada cualificación profesional en el campo de la seguridad en el transporte.
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Comisión de Transportes y Movilidad Sostenible - 26/05/2026